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Union Register

WEINGARTEN RIGHTS

ANTECEDENTES LEGALES SOBRE EL DERECHO A UN DELEGADO DE LA UNION EN LOS PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS

Sobre una solicitud, un empleado tiene el derecho de pedir y tener la presencia de un delegado de la unió; si, el empleado es llamado a una junta con su patron para propósitos desciplinarios. Este derecho se aplica, si el empleado cree razonablemente que las interrogaciones puedan resultar en una acción desciplinaria. El empleado deberá pedir un delegado. El Patrón, no tiene que desirle a un empleado de sus derechos a un delegado.

El empleado debe pedir al delegado asignado a su departamento o taller. El empleado no tiene el derecho de escoger a otro delegado a menos que su propio delegado no esté disponible. No hay derecho a un delegado si, el empleador ya haya tornado la desición para disciplinar a un empleado y simplemente quiere darle una nota verbal o escrita a el empleado, a menos que haya para el efecto contrato de palabra.

Si, un empleado es llamado para una entrevista, tiene el derecho de encontrarse en privado con su delegado antes de que se lleve a cabo una junta disciplinaria.

El empleado primero debe de reportarse a la entrevista antes de pedir a su delegado. El delegado sobre solicitud, puede requerirle al patron que explique el sujeto general de lo que pasa de la entrevista del empleado e identificar la mala conducta por la cual puede ser impuesta la disciplina. Los detalles especificos a serca de la mala conducta no tienen que ser revelados.

El patron, no puede disciplinar a el empleado por solicitar a un delegado

Una vez, el empleado haya requerido al delegado, el patron no podrá interrogar a el empleado bajo la ausencia del delegado sin el consentimiento del empleado.

Si, el patron, para, la entrevista en vez de tener presente al delegado, el patron todavia puede disciplinar a el empleado basado en la información que ya tenga el patron. No hay un requisito legal además de lo que está en el contrato, que patron tenga que entrevistar a un empleado antes de que él o ella sean disciplinados.

El patron tendrá que mostrar la causa solo si el caso es arbitrado.

El delegado tiene el derecho de tomar una parte activa en la entrevista, asistiendo y aconsejando al empleado. El delegado no puede doblar la entrevista entre un confrontamiento agravio o una session de regateo.

¡Siempre recuerde emplear sus derechos!

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